
S-891
Distancia lateral en adelantamiento a ciclo o ciclomotor
Recuerda, bajo la señal vertical correspondiente, la anchura de seguridad mínima que debe guardarse en caso de adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o, en ambos casos, conjunto de ellos. Cuando se trate de un conjunto de ciclos o ciclomotores, la anchura se refiere al que circula más escorado a la izquierda.
Categoría: Uso específico en poblado
Fuente: Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), anexo I; diseños según el Catálogo oficial de señales (RD 465/2025)