
R-408
Camino para vehículos de tracción animal
Obligación para los conductores de vehículos de tracción animal de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.
Categoría: Obligación
Fuente: Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), anexo I; diseños según el Catálogo oficial de señales (RD 465/2025)