
R-403a
Únicas direcciones y sentidos permitidos
Las flechas señalan las únicas direcciones y sentidos que los vehículos pueden tomar (de frente o a la derecha).
Categoría: Obligación
Fuente: Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), anexo I; diseños según el Catálogo oficial de señales (RD 465/2025)